Presidente Piñera promulga ley de apoyo a familias que pierden un hijo: Aumenta el plazo de licencia en caso de duelo

El Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley de apoyo a familias que pierden un hijo en el embarazo, en el parto o a pocos días de nacer, esta norma busca que todas las instituciones de salud cuenten con protocolos para casos de muerte gestacional o perinatal, con manejo clínico y acompañamiento psico-emocional para contener a los padres y al núcleo más cercano.

En la instancia el Mandatario estuvo acompañado por los ministros de Salud, Enrique Paris, y de la Mujer (s), María José Abud; y los subsecretarios de Salud, Paula Daza y de Redes Asistenciales, Alberto Dougnac.

Esta iniciativa otorga una atención especial, tanto en el establecimiento de salud como también en el lugar de trabajo. La ley establece que “realizar acciones concretas de contención, empatía y respeto por el duelo de cada madre, u otra persona gestante que hayan sufrido la muerte gestacional o perinatal, así como también para el padre o aquella persona significativa que la acompañe”.

Ante esto, el Ministerio de Salud dictará -en un plazo de seis meses- la norma técnica que establecerá los mecanismos o acciones concretas que deberán realizar los establecimientos de salud para resguardar este derecho.

Junto a esto, la ley aumenta el plazo en caso de duelo por muerte de un hijo nacido vivo de siete a 10 días y de tres a siete días para el caso de muerte de un hijo en periodo de gestación.

La iniciativa fue impulsada por Aracelly Brito, quien en 2019 sufrió la pérdida de su hijo, Julián, a las nueve semanas de gestación; y en 2020, enfrentó la muerte de Dominga, a las 36 semanas de gestación.

Las medidas que considera la ley

  • Los profesionales de la salud deberán explicar de forma adecuada al padre, madre y personas significativas sobre el fallecimiento de su hijo o hija, y los procedimientos a realizar.
  • Contar con asistencia inmediata y seguimiento multidisciplinario (matrona, psicólogo y psiquiatra).
  • Toda pérdida de un hijo o hija, independiente de las semanas de gestación u horas de vida, debe ser reconocida, identificando datos del nonato o neonato, como nombre, peso, estatura, sexo y hora de nacimiento.
  • Velar para que pacientes que viven este proceso no sean hospitalizadas en las áreas de maternidad de los centros de salud, evitando tener contacto con recién nacidos.
  • Autorizar a al menos un acompañante durante procedimientos de legrado, AMEU, inducción de parto o cesárea. Si el recinto lo permite, los controles posteriores se realizarán en salas aisladas y/o en horarios en los que no haya mujeres embarazadas o madres con sus recién nacidos.
  • Brindar espacios de contacto digno y apropiado con la hija o hijo fallecido para iniciar el proceso de duelo. Permitir mirarlos, acunarlos o tomar registros de foto o video. En caso de muertes en el tercer trimestre de gestación, ofrecer la opción de disponer de los restos ovulares.
  • Asegurar que las mujeres o personas gestantes con antecedentes de muertes perinatales tengan acceso a acompañamiento de un equipo de duelo perinatal en las siguientes gestaciones.

 

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