Desde el ministerio de Educación también aclaran qué hacer en caso de un brote de contagios al interior de los establecimientos educacionales a partir de 01 de octubre.
El ministerio de Salud informó que desde el 01 de octubre cambiaran las restricciones sanitarias debido al escenario favorable respecto a los contagios de covid-19 en nuestro país.
Es así como desde esa fecha se flexibilizará el uso de mascarilla, el que solo será obligatorio en los centros de salud, así como la eliminación del pase de movilidad y la incorporación de una vacuna anual contra el virus.
Esto provocó que desde el ministerio de Educación aclaren la adecuación de sus protocolos con respecto al anuncio. En este marco, en un comunicado señalan: “La decisión de utilizarla al interior de las salas de clases es únicamente de cada estudiante y apoderado/a”.
Además, establecen que se mantendrá la ventilación de las salas y el distanciamiento en actividades cotidianas. También recomiendan revisar el nivel de vacunación por cursos e incentivar esta cuando sea menor al 80%.
En caso de brotes
El ministerio de Educación estableció que si en un plazo de siete días aparecen tres casos en un curso o siete en todo el establecimiento, se deberá dar cuentas a la seremi de Salud, quien evaluará la información y establecerá las medidas a tomar.
Clases presenciales
Con esto, los establecimientos educativos deben realizar actividades y clases presenciales, en donde la asistencia será obligatoria.
Desde el Minduc llaman a estar atentos a posibles síntomas respiratorios, y que en caso de sospecha de covid, no enviar a los niños al colegio hasta ser evaluado por un profesional de la salud.
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