Corte Constitucional de Ecuador despenalizó el aborto por violación

La Corte Constitucional de Ecuador falló este miércoles a favor de la despenalización del aborto por violación, lo que permitirá cambiar las leyes que sancionaban esa acción con penas de prisión.

En ese organismo de nueve jueces, siete votaron a favor de declarar inconstitucionales los artículos 149 y 150 del código integral penal, y dos, magistradas, votaron en contra.

El primero de ellos, señala que será sancionado con penas de uno a tres años a quien haga abortar a una mujer que así lo ha consentido y de seis meses a dos años a la mujer que lo ha solicitado, y el segundo permitía el aborto en caso de que la vida de la mujer esté en riesgo o de una violación de una mujer con discapacidad mental.

Un total de siete organizaciones, de mujeres, de feministas y de organizaciones de derechos humanos, presentaron los pedidos ante ese organismo, la máxima instancia acerca de temas constitucionales.

Tras el fallo, la Corte Constitucional tiene dos vías para que su decisión sea respetada: exigir a la Asamblea la reforma de los dos artículos o emitir una sentencia con plazos e indicaciones para la aplicación.

En 2019, el Parlamento ecuatoriano rechazó la ampliación de las causales del aborto en un proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la Corte Constitucional consideró entonces un error de técnica legislativa una demanda para revisar un veto presidencial al proyecto.

Durante las últimas horas y a pesar de la orden de no realizar reuniones públicas, grupos de organizaciones que se oponían a tal pedido, especialmente religiosos, y de feministas, que apoyaban el requerimiento, llegaron hasta la Corte Constitucional para con tambores, gritos y pancartas defender sus posiciones.

 

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