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Concejal Sebastián Rosas presta asesoría para retener el 10% a quienes no han pagado pensiones de alimentos

Desde el miércoles y mientras ya comienza el proceso de retiro del 10% de los fondos de pensiones, el Concejal de Talagante, Sebastián Rosas, permanece en el edificio consistorial para asesorar a madres y padres, cuya contraparte no ha cancelado la pensión de alimentos.  Para tales efectos, el representante de la comunidad permanece en la oficina de los concejales entre las 9 de mañana y la una de la tarde hasta este viernes 31 de agosto prestando dicho servicio.

“Claramente, esta instancia donde la reforma constitucional permitió el retiro de hasta el 10% de los fondos de capitalización individual para enfrentar esta emergencia, lo cual vino muy bien ya que producto de eso se incluyó una moción por parte del Senado para retener ese 10% en aquellos deudores que mantienen pensiones de alimentos pendientes de pago”, precisó el joven abogado.

Según explicó el Concejal Sebastián Rosas, la medida dispuesta por el legislador permite principalmente que quienes mantienen una deuda activa decretada por el Tribunal de Familia por pensiones de alimentos, se le retenga automáticamente hasta el 100% de lo que decida retirar de sus fondos de capitalización individual que actualmente administra su AFP.  Sin embargo, añadió que para que eso ocurra se requiere de ciertos procedimientos establecidos en la ley se lleven a cabo para solicitar esa retención.

“Es por ese motivo que me he puesto a disposición de todas las madres o padres que, eventualmente, estén en esa condición con el cuidado personal del niño, a fin de hacer exigible y ayudar en el procedimiento a estas personas para que hagan efectivo el cobro desde el 10%”, afirmó el abogado y puntualizó que para tales efectos se requiere de cuatro requisitos indispensables.

1º Que se haya condenado el pago de pensión de alimento al alimentante en una sentencia dictada por un Tribunal de Familia y esa sentencia debe encontrarse ejecutoriada.

2º Que el alimentante se encuentra en mora de pagar la pensión de alimento, o sea, en otras palabras que haya incumplido con su obligación de pagar alimento la cual fue decretada por el tribunal.

3º Debe liquidarse por el tribunal la deuda pendiente, lo que se llama liquidación de alimento.

4º Es requisito indispensable que el alimentante solicite el retiro del 10% de su cuenta individual de capitalización de la AFP.

Según indicó el joven abogado cada persona que requiera realizar este trámite debe tener o haber sacado su “Clave Única” del Estado, la cual le permite realizar una serie de trámites públicos, incluido esta retención ante el poder judicial.  “Voy a estar de manera presencial, lo único que sí que solicito a las personas que obtengan su permiso de la Comisaría Virtual, pues nos encontramos en cuarentena, que vayan con su mascarilla correspondiente, que lleven la clave única y esperamos que sea un proceso fluido”, acotó el Concejal Sebastián Rosas.

 

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