A cuatro años del incendio del Relleno Santa Marta en Lonquén: Persecutor a cargo confirma formalización de responsables y la apertura de una segunda investigación

 

A tres años del primer anuncio, en enero de 2017, de la formalización de los responsables del incendio y contaminación provocada por el relleno sanitario Santa Marta en enero de 2016, la Fiscalía Local de Talagante ya tiene una nueva fecha, el 9 de marzo próximo.  En tal sentido, el Fiscal Heriberto Reyes, quien investiga la causa, confirma el avance, como también las nuevas decisiones tomadas por el Ministerio Público y radicadas en la Fiscalía de Alta Complejidad de la Fiscalía Regional Metropolitana Occidente.

Progresos de la causa

“La mayor novedad es que tenemos una audiencia preparada para el día 9 de marzo del año en curso para formalizar algunos imputados en la causa de Santa Marta, que son fundamentalmente ejecutivos y miembros del directorio.  El delito o las conductas están asociados a daños ambientales, fundamentalmente”, señala el persecutor, quien recapitula que lo arribado por esta investigación ha permitido fallar a otras instancias como el Tribunal Ambiental y a la Corte Suprema de Justicia sobre lo ocurrido en Santa Marta.

“La idea ahora es traer estos mismos hechos, pero a una sede diferente donde lo que se busca ya no es la responsabilidad sólo de la empresa sino que de las personas que individualmente consideradas que trabajan en ella.  Esa es la idea, la (búsqueda de la) responsabilidad penal, que evidentemente tiene un camino paralelo al de la responsabilidad contenciosa administrativa, como lo es el Tribunal Ambiental”, explica Heriberto Reyes.

A ese tenor, considerando los avances que ha tenido este mismo hecho en otras instancias y la demora de la fiscalía para formalizar a los responsables, el persecutor de la Fiscalía Local de Talagante señala que se trata de razones de orden técnico, y ante la consulta respecto de que el anunció definitivo de formalización se relaciona y obedece a la coyuntura político-social que vive el país desde el 18 de octubre pasado,  Heriberto Reyes, lo niega rotundamente.

No hay relación con el estallido social y denuncia vacíos legales

“Sólo le puedo decir que estas son decisiones técnicas, que no tienen nada que ver con más o menos estallido social, eso no tiene nada que ver acá.  O sea, de hecho, nosotros no podemos investigar o dejar de investigar un hecho determinado por intereses sociales, eso no es lo que nos mueve, este tipo de causas, además, son extremadamente técnicas y tienen que analizarse en periodos prolongados”, sostiene el persecutor del delito ambiental.

Seguidamente, el Fiscal Reyes profundiza su respuesta y argumenta respecto de las dificultades que tiene la persecución de justicia, desde lo penal, en materia de medio ambiente.  Afirma que la legislación del país “tiene un problema en materia de delitos ambientales”, porque les da el mismo tratamiento que a los delitos comunes, en cuanto al plazo y otras materias.

“El plazo legal para investigar en Chile un delito común, como un robo, es de dos años, sin embargo, en materia ambiental eso es imposible, porque a veces hay muestreos que son estacionales y uno requiere periodos estivales o invernales, entonces ya necesita tres años para tener un seguimiento relevante de un daño ambiental.  Entonces, no tiene que ver con ningún estallido, tiene que ver con básicamente con los requerimientos propios de las causas ambientales”, insiste el persecutor.

Las dificultades de la investigación

Añade que probar un delito de este tipo “es muy difícil porque la legislación es muy pobre” y las herramientas jurídicas con que cuentan “son muy precarias” y hay “que echar mano a las mismas herramientas para investigar un hurto de supermercado o un robo común”.  “No tenemos herramientas especiales –dice-, como lo hay en algunas materias especiales, por ejemplo, la ley de drogas (…), no obstante, la gravedad de los mismos, el amplio espectro de daño que provoca, la gran cantidad de población que se puede ver afectada, ha sido decisión del legislador en Chile darle el mismo tratamiento de los delitos ordinarios”.

También, Heriberto Reyes sustenta que la investigación es compleja porque incluye la participación de diversos organismos sectoriales.  “Entonces cuando uno tiene que analizar una situación de daño ambiental tiente que fijarse en el vínculo que tienen con el Seremi, con la Dirección General de Agua, con electricidad y combustibles, con algunos organismos fiscalizadores, con los municipios, con ministerios, o sea, hay una cantidad de redes que se generan entre una empresa de cierta importancia, como lo es Santa Marta”.

Fiscalía de Alta Complejidad investiga una segunda arista

Consultado si las responsabilidades en esta causa sobre el relleno Santa Marta son exclusivamente de la empresa y en qué medida la institucionalidad pública también colaboró de una u o otra manera para que se llegará al desplome de parte de la biomasa y se generaran las condiciones para la combustión, Heriberto Reyes, es categórico sobre su incumbencia en esta materia.  “Yo no le puedo hablar de eso y además es una arista que yo no manejo, porque esta investigación fue partida en dos partes, por así decirlo”, contesta de inmediato.

“Yo veo –continúa-, solamente, la parte ambiental, soy un fiscal especializado en delitos ambientales.  Lo que usted me menciona, está más relacionado a delitos de cohecho, de obstrucción, de tráfico de influencias, ese es otro mundo, que se puede vincular íntimamente con un delito medio ambiental, pero no es algo que yo esté investigando ni que esté a mi cargo.  Fue una decisión del Fiscal Regional que eso, esa arista, si pudiera existir, se tramitara por la Fiscalía de Alta Complejidad de la Fiscalía Occidente, que no está a mí cargo”, dice el Fiscal Heriberto Reyes, quien admite que esa arista se está investigando.

La persecución del delito más allá de todo

Respecto de las penas para los responsables de lo ocurrido hace cuatro años atrás en los cerros de Lonquén, Heriberto Reyes, sostiene que son penas corporales, pero de una penalidad baja y cita para ello que el artículo 291, “que es el más socorrido en materia de contaminación” y que faculta el presidio menor en su grado máximo, es decir, una pena que va entre 3 años y un día a los 5 años.  “Es importante aterrizar las expectativas de la ciudadanía porque si alguien imagina que hechos de esta gravedad van a tener elevadas penas, como se puede ver en otras latitudes del orbe (…), eso no ocurre en Chile”.

No obstante, el persecutor sustenta que aunque las penas sean bajas, eso no puede traducirse en desánimo y no perseguir penalmente estos hechos.  “La responsabilidad penal, también, tiene un mensaje simbólico que es muy relevante.  Primero, que la comunidad entienda que estamos persiguiendo estos hechos y, por otra parte, que también la comunidad empresarial entienda que a la fiscalía, no le es indiferente ese tipo de conductas, y que las va a perseguir, aún cuando las penas sean bajas”, comentó el Fiscal de Talagante.

 

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