¿Se puede revelar el nombre de una persona contagiada con coronavirus por redes sociales?

En medio de la emergencia sanitaria que vive Chile debido al avance del coronavirus, el Consejo para la Transparencia (CPLT) salió a aclarar algunas interrogantes relativas a la protección de datos personales y sensibles de las personas que puedan estar o que estén contagiadas por Covid-19.

Al respecto, el presidente de la entidad, Jorge Jaraquemada, afirmó mediante un comunicado que “dado el carácter de dato sensible, no se puede dar a conocer el nombre de una persona enferma o eventual contagiado, salvo que se cuente con el consentimiento expreso de dicha persona”.

“La persona natural o jurídica privada o el organismo público responsable del banco de datos personales deberá indemnizar el daño patrimonial y moral que causare por el tratamiento indebido de los datos, sin perjuicio de proceder a eliminar, modificar o bloquear los datos de acuerdo a lo requerido por el titular o, en su caso, lo ordenado por el tribunal”.

– Sanciones previstas en la ley

“Se asocia su identidad a un estado de salud y eso es un dato personal y sensible que está bajo un régimen especial de protección”, dijo el jefe de Transparencia.

“Es válido que la gente crea que debe denunciar un comportamiento poco ético y ser solidario en este tiempo de pandemia, pero publicar nombres de personas eventualmente contagiadas atenta contra lo establecido por la ley de protección de datos personales si no se cuenta con el consentimiento expreso del titular de esos datos”, detalló el presidente del CPLT.

En esa línea, agregó que “lo que sí podemos hacer, con el fin de ayudar a proteger a la ciudadanía, es entregar información de lugares en los cuales pueda haber estado una persona contagiada, sin informar su identidad, como una forma de hacer un llamado a tomar medidas a quienes puedan haber compartido un espacio físico con dicha persona”.

En el caso de Chile, se ha identificado en redes sociales la difusión de nombres de personas que dieron positivo en el test por Covid-19, lo que, a juicio de la entidad y a lo dispuesto por la Ley N°19.628, implica una vulneración de los derechos de las personas cuyos datos se publican.

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