Durante las próximas jornadas se espera la inminente promulgación de la ley que permitirá garantizar un pago efectivo de las deudas acumuladas por los denominados “papitos corazón”, proyecto creado, ya que solo apenas el 16% de los progenitores cumple con esta obligación.
El Registro Nacional de Deudores de Pensiones Alimenticias establecerá la obligación de consulta al mencionado instrumento para trámites como la renovación del pasaporte o licencia para conducir, y se exigirá para recibir beneficios del Estado.
Se trata de un instrumento electrónico al que las personas tendrán acceso remoto, gratuito e inmediato. La plataforma será supervisada por el Servicio de Registro Civil y estará habilitada para que cualquiera pueda acceder.
Más detalles de la Ley “Papitos Corazón”
Dentro de este registro se encontrarán las personas que reúnan las siguientes condiciones:
- Que estén obligadas al pago de una pensión de alimentos, provisorios o definitivos, fijados o aprobados por resolución judicial que causa ejecutoria
- Quien adeude, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas de alimentos provisorios o definitivos, o cinco discontinuas.
Sumado a lo anterior, no contar con deudas alimenticias será condicionante para ocupar cargos de representación popular, como parlamentarios o gobernadores.
Cabe recordar, que ya entrada en vigencia la ley, quienes aparezcan en la base de datos se verán obligados a pagar sus pensiones adeudadas, ya que habrá sanciones punitivas.
La ley “Papitos Corazón” además creará la Comisión de Coordinación y Evaluación Cumplimiento de Pensiones Alimenticias, organismo que tendrá carácter consultivo y que se creará con la finalidad de procurar el fortalecimiento del sistema de cumplimiento de los pagos.
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