Condenan a sujeto como autor de lesiones graves

* Fiscalía solicitaba que se condenara por homicidio frustrado, pero la tesis de la defensoría llevó a configurar el delito de lesiones graves en el marco de la legítima defensa. 

 

En la audiencia de Juicio Oral en el TOP de Melipilla se dieron a conocer los hechos relatando que “el día sábado 9 de marzo del 2019, siendo las 05:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima Sebastián Alejandro Retamal Velásquez, transitaba por calle Puangue antes de llegar al Pasaje Número 1, de la comuna de María Pinto, instantes en que fue interceptado por el imputado Claudio Felipe Veas Paz, su hermano Kevin Nicolás Veas Paz y otra persona desconocida, momentos en que comienza una pelea entre la víctima y los sujetos”.

Se informó que comenzó un forcejeo con la víctima, cayendo ambos al suelo, desde donde el imputado procedió a acuchillarlo por la espalda, causándole una lesión consistente en “herida de aproximadamente 1 cm en región subescapular izquierda, hemitórax izquierdo, las que habrían resultado mortales en caso de no mediar los socorros médicos oportunos y eficaces.

La defensa del acusado solicitó su absolución, ya sea para el delito de homicidio frustrado o el de lesiones graves, por concurrir a su juicio la circunstancia eximente de responsabilidad criminal de legítima defensa, argumentando que «existe una causal de exención de responsabilidad, que es la legítima defensa, porque aquí hay una agresión ilegítima, hay una proporcionalidad toda vez que el medio empleado lo tenía la propia víctima, y en un contexto de forcejeo donde hay testigos en cuanto a que estaba siendo agredido, que estaba siendo vencido, que tenía superioridad de fuerza, y en ese contexto es que la única forma de defenderse para no seguir siendo agredido y eventualmente de ser atacado con ese mismo cuchillo, se produce una defensa proporcionada al ataque, y hay testigos contestes en señalar aquello, por lo tanto, existe una legítima defensa ya sea para el delito de lesiones o de homicidio frustrado.»

Finalmente los jueces del Tribunal Oral en Lo Penal de Melipilla sentenciaron que se condena a Claudio Veas Paz a sufrir la pena de seiscientos cincuenta días de presidio menor en su grado medio, como autor de un delito de lesiones graves.

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