Cámara aprueba en general proyecto que extiende imprescriptibilidad de delitos sexuales en toda edad

Este martes, la Cámara de Diputados aprobó legislar en torno al proyecto de ley que declara imprescriptible los delitos sexuales en contra de mayores de edad, tal como ocurre actualmente con estos crímenes cuando afectan a niños, niñas y adolescentes.

La iniciativa, presentada por las diputadas Ximena Ossandón (RN) y Érika Olivera (IND), contó con 132 votos a favor y 7 abstenciones. Según sus autoras, este tipo de crímenes “no puede ser tratado como otros, pues sus consecuencias son asimilables a los delitos de lesa humanidad”.

“Las víctimas de delitos sexuales no son cualquier tipo de víctima. No hablamos desde un punto comparativo de quién sufre más daño, sino que hablamos de la forma en que la persona se siente vulnerada y del particular daño psicológico que padecerá, no sólo en el tiempo inmediatamente posterior a la ocurrencia del delito, sino que por varios años, e incluso toda la vida”, señaló la parlamentaria Érika Olivera.

Asimismo, agregó que “se estima que cerca de un 85% de los delitos se dan en contextos de confianza, como la familia, el trabajo, el lugar de estudios, etc. Esto implica complicaciones para efectos de la denuncia, pues generalmente las víctimas reconocen una dificultad para presentar una denuncia que eventualmente afectará de manera muy fuerte, por ejemplo, su entorno familiar”.

Por su parte, Ximena Ossandón afirmó que “la imprescriptibilidad favorece a la víctima y a toda persona que pudiera ser acusada injustamente, porque tendrá derecho a defenderse”.

Según el diputado Jorge Alessandri (UDI), es necesario que la norma continúe estableciendo un estatuto especial para cuando las víctimas sean niños, niñas y adolescentes.

Por esta razón, presentó una indicación que propone modificar el proyecto, buscando establecer una ampliación de la prescripción de los delitos sexuales en el caso de mayores de edad:

– Plazo de 20 años para aquellos crímenes que la ley impone penas de presidio, reclusión o relegación.
– Plazo de 15 años respecto a los demás crímenes.
– Plazo de 10 años respecto a los simples delitos.

Esta indicación deberá ser analizada por la comisión de Mujeres y Equidad de Género de la Cámara, junto a la que fue presentada por la diputada Érika Olivera, que que incluye la imprescriptibilidad para otros delitos.

 

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